El hacinamiento penitenciario es, por lo tanto, un problema de política pública muy complejo que requiere un enfoque multifacético. La implementación de reformas judiciales, programas de reinserción y mejoras en la infraestructura carcelaria son acciones urgentes para solucionar esta crisis.
La caracterización del problema
El hacinamiento en las cárceles bolivianas es un síntoma de múltiples fallas en el sistema de justicia y en la gestión penitenciaria. La realidad se compara con un verdadero infierno donde la población carcelaria excede la capacidad de cualquier penal en un 270%. Esto hace que las condiciones de vida de los reclusos sean alarmantes, lo que provoca una violación sistemática de sus derechos humanos. El hacinamiento no solo es un problema de espacio físico, sino que también impacta negativamente en la seguridad, la salud y la rehabilitación de los internos. Los reos, difícilmente se recuperan y reinsertan normalmente en la sociedad.
Para entender el problema en su totalidad, es necesario identificar las causas del hacinamiento carcelario. En Bolivia, los centros penitenciarios de San Pedro en La Paz y Palmasola en Santa Cruz, exceden su capacidad en más de un 200%. Estas dificultades se exacerban, debido a que el sistema judicial está muy deteriorado, fruto de la retardación de justicia, la corrupción y la ineficiencia de la policía. En las cárceles de Bolivia, el 70% de los presos están con detención preventiva, esperando una sentencia que podría tardar años en llegar. Por lo tanto, la situación refleja los siguientes obstáculos estructurales:
- Un bloqueo casi absoluto en el funcionamiento del sistema judicial, no solamente por el incumplimiento de las normas relativas a las condiciones de detención, sino porque las cárceles constituyen los peores escenarios donde, sistemáticamente se violan los derechos humanos de las personas privadas de libertad.
- La burocracia judicial, conformada por los funcionarios de justicia y la policía, agrava la situación al actuar de manera corrompida (nada se mueve en los procesos judiciales sin dinero para alterar todo), ineficiente o negligente (al Estado y a la sociedad en general, no les interesa dar una solución definitiva y prioritaria para este problema).
- No se investigan debidamente los hechos delictivos y tampoco se cumplen los fundamentos del debido proceso.
- Como la retardación de justicia hace que se abuse de las detenciones preventivas, entonces aumenta el número de reos sin siquiera haber comenzado los juicios penales; incluso se presume la existencia de algunas personas inocentes que también se encontrarían ilegalmente detenidas. El hacinamiento es una dificultad que debe ser solucionada cuanto antes.
Por lo general, la Dirección de Régimen Penitenciario del Ministerio de Gobierno, no controla las cárceles, sino que se dedica a acompañar la dinámica interna de los penales, donde son los mismos reos y las mafias que ellos organizan, quienes administran todo detalle y definen el funcionamiento anormal de los recintos penitenciarios.
Las cárceles están contaminadas con todo, huelen a excremento y las enfermedades son el pan de cada día. Una reforma de las prisiones debe considerar las siguientes prioridades: a) evitar el aumento de algunos privados de libertad que, en algunos casos, llegan a los penales sin ningún motivo; b) reducir la cantidad de personas detenidas que ha sido impulsada por políticas de criminalización y debido a un sistema judicial que, a menudo, se enfrenta con distorsiones de la ley y la falta de recursos humanos porque no hay la capacidad para promover la justicia restaurativa; c) disminuir drásticamente las detenciones preventivas de diferentes personas, pues es un recurso que en muchos casos se utiliza solo para amedrentar o imponer una autoridad que se diluye dentro de los penales y, por lo tanto, es fundamental evitar el encarcelamiento por el simple hecho de “no saber” cómo administrar justicia de manera más eficiente.
Las organizaciones judiciales son tan incompetentes que la interpretación de las leyes tiende a ser manipulada, utilizando a la cárcel como una medida innecesaria que empeora todo el sistema penitenciario. Es una realidad kafkiana que rebasó cualquier límite de respeto al debido proceso.
En Bolivia, existe una ceguera en la identificación de soluciones para contrarrestar los efectos perversos de las detenciones preventivas, puesto que la escasez de programas de rehabilitación y otras opciones a la prisión, hacen que el uso de medidas cautelares se convierta en un callejón sin salida. En consecuencia, las tareas inmediatas para enfrentar eficientemente la reducción del hacinamiento carcelario, giran en torno a lo siguiente.
Precautelar la salud; el hacinamiento carcelario implica un riesgo para el bienestar y la salud -tanto psíquica como física- de los presos; es vital enfrentar el alcoholismo, tuberculosis, disentería, el VIH Sida y las infecciones de transmisión aérea, como el Covid-19, que afecta los penales superpoblados y desprovistos de ventilación. A esto se suma que la población carcelaria recibe prestaciones de salud deficientes y precarias. La escasez de personal, hace que la vigilancia epidemiológica sea débil, ya que imposibilita mantener registros actualizados sobre las condiciones de salud de los reclusos, elemento fundamental para el diagnóstico y tratamiento temprano de las enfermedades. La mayor parte de las cárceles no cuenta con la infraestructura necesaria para aislar a las personas enfermas. El suministro de medicamentos también es insuficiente, discontinuo o inexistente.
Las condiciones de higiene y sanidad son tan deficientes, que el acceso limitado al agua potable y productos de limpieza, aumenta la probabilidad de enfermedades. Otro factor agravante se encuentra en los déficits nutricionales, como resultado de la provisión de alimentación insuficiente y bajo valor nutritivo.
Eliminar la violencia es trascendental, ya que los conflictos entre los internos son difíciles de controlar, así como los homicidios dentro de las cárceles, causados por los mismos reos, e inclusive por torturas provocadas por los policías, junto con otros actos vandálicos que surgen como un supuesto “derecho de piso” que deberían pagar los presos nuevos. En las cárceles, “se someten o se revelan”, pero si se revelan, los reos corren el riesgo de sufrir peores violaciones. Los funcionarios penitenciarios, por lo general, afirman que los internos “se van acostumbrando” y, en varias ocasiones, tienen “su merecido”. Así se desarrollan ciclos de violencia que recrean escenarios de tensión constante y mayor castigo.
Las tremendas falencias en cuanto a las formas de rehabilitación por la falta de espacio y recursos, reduce o limita las oportunidades de cambio para cualquier preso, lo que perpetúa el ciclo del delito y la reproducción de crímenes en la sociedad boliviana. Las cárceles son escuelas de pillos, la policía instiga la delincuencia en los recintos penitenciarios y el mismo sistema judicial cae en un laberinto de corrupción que estimula las injusticias de toda índole.
Varios hechos realmente insólitos que consternaron a la ciudadanía en todo el país, fueron los reportes del Ministerio de Gobierno y la Fiscalía General del Estado que detectaron la injusta liberación de, por lo menos, 84 feminicidas en el periodo 2012-2020, por fallas en el sistema judicial. La excarcelación y liberación de varios feminicidas con sentencias de 30 años sin derecho a indulto, muestran que estos delincuentes sobornan y vuelven a cometer crímenes atroces. Asimismo, el 23 de octubre de 2024, en el penal del Abra de Cochabamba, un asesino con 30 años de sentencia, torturó y quemó a una de sus ex parejas dentro de la cárcel por dos horas, sin que los policías hicieran nada. Los daños son tan crueles que la violencia estructural de los penales, son un reflejo de la destrucción del Estado, junto con las cárceles como indicadores de anomia colectiva e indefensión total de la sociedad civil.
El hacinamiento penitenciario es, por lo tanto, un problema de política pública muy complejo que requiere un enfoque multifacético. La implementación de reformas judiciales, programas de reinserción y mejoras en la infraestructura carcelaria son acciones urgentes para solucionar esta crisis y garantizar el respeto de los derechos humanos para los reclusos.
Es insostenible que, en Bolivia, cerca del 70% de la población carcelaria esté compuesta por presos preventivos, de acuerdo con el monitoreo que realiza la Defensoría del Pueblo; es decir, existen cientos de personas que aún no han sido juzgadas con un debido proceso y están en la cárcel. Este alto porcentaje se debe al retraso y alteración innecesaria de plazos en la justicia, que enfrenta serias deficiencias en términos de recursos humanos honestos y el cumplimiento de las garantías constitucionales. Además, la imposibilidad de tener una defensa legal adecuada para las personas de bajos recursos, contribuye a que muchas personas permanezcan en prisión durante años, sin una sentencia ejecutoriada.
La criminalización de delitos menores, especialmente relacionados con el micro tráfico de drogas y el prejuicio social para estimular las políticas de “mano dura”, están llevado a un aumento en las detenciones por delitos que, en otros contextos, podrían ser abordados mediante medidas alternativas a la prisión, como multas, conciliación en función de una justicia restaurativa, o trabajos comunitarios.
Las cárceles como un submundo fuera de ley
El hacinamiento genera situaciones inhumanas, donde los privados de libertad viven en espacios reducidos. Las cárceles suelen estar divididas en diferentes sectores, creándose en la misma prisión diferencias de clase social. Las celdas son un privilegio, lejos de ser una garantía estatal y lo peor es que deben ser alquiladas y pagadas por los mismos reos. Las más caras cuentan con baño privado, televisión por cable, cocina e incluso (hay casos) una vista agradable de la ciudad, mientras que las más baratas suelen ser de tamaños reducidos y cohabitadas por media docena de prisioneros que apenas pueden pagar el alquiler.
Si las personas privadas de libertad no cuentan con los recursos, generalmente viven o duermen en el suelo, el pasillo o la “calle” de las prisiones. Este tipo de ilegalidad anula por completo la supremacía del Estado y la ley para el establecimiento del orden. Es fundamental la prohibición absoluta del cobro de alquileres a los nuevos reclusos, así como es insoslayable la construcción de nueva infraestructura, junto con el monitoreo permanente de las condiciones carcelarias, que es lo que permite la implementación efectiva de la Ley 2298: Ejecución Penal y Supervisión.
Otra característica notoria en cualquier cárcel, es su organización autónoma. Existen tiendas, cantinas y canchas de fútbol similares a una ciudadela. Estos lugares son propiedad de los reos, quienes pagan para mantenerlos, consiguiendo diferentes productos a través de vendedores externos que ingresan al recinto para hacer negocios. Se trafica con bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes, prostitutas y contactos para salir, clandestinamente, de las prisiones.
Los impactos negativos del hacinamiento trascienden las condiciones de vida de los internos. Este fenómeno afecta la seguridad tanto dentro como fuera de las cárceles. En varios penales se ha documentado la existencia de “gobiernos internos”, donde los reclusos más poderosos ejercen control sobre las penitenciarías, lo que resulta en frecuentes enfrentamientos violentos. Además, se dificulta la tarea del personal policial, que se ve sobrepasado por la cantidad de reclusos, lo que debilita la capacidad del Estado para mantener el orden y garantizar la seguridad mínima. Es común creer que Bolivia “compite” como líder mundial en cuanto a sobrepoblación carcelaria.
Comparar la situación de Bolivia con la de otros países de la región puede proporcionar un contexto adicional. En el ámbito latinoamericano, Bolivia se encuentra entre los países con mayores niveles de hacinamiento, superando a Perú y Colombia, que han implementado reformas para reducir su población penitenciaria, mediante la aplicación de medidas alternativas y la despenalización de delitos menores. Este contraste destaca la necesidad urgente de reformar el sistema penitenciario boliviano.
En un ranking del World Prison Brief (WPB), la principal base de datos mundial sobre asuntos penitenciarios, que es compilado por el Instituto para la Investigación de Políticas de Crimen y Justicia, la vasta mayoría de los países latinoamericanos superan, ampliamente, el 100% de la capacidad de sus prisiones. Hay seis estados donde la cantidad de presos es el triple del espacio que existe para albergarlos.
El país con la peor situación es Haití, que tiene una ocupación carcelaria del 454,4%. Le sigue Guatemala, que triplica la capacidad de su sistema penitenciario, con el 367,2% de ocupación, y Bolivia, con 269,9%. Granada (233,8%), Perú (223,6%) y Honduras (204,5%) completan la información de países latinoamericanos y caribeños con poblaciones carcelarias que duplican el espacio disponible. ¿Por qué tienen estos países, y América Latina en general, un problema tan grande de hacinamiento? La explicación principal es la justicia penal y no el sistema penitenciario, debido a la lentitud de la administración de justicia y el uso excesivo de la prisión preventiva.
El mantenimiento de una población carcelaria tan saturada, implica un costo considerable para el Estado, en términos de recursos destinados a la administración penitenciaria y la seguridad, además de un sistema judicial débil, negligente, incapaz y profesionales mal capacitados para afrontar los desafíos de aplicar una “justicia plena”.
Es una aberración jurídica no comprender que la detención preventiva representa una medida cautelar que solo puede aplicarse, si está precedida de una imputación formal (acusación provisional), respaldada en elementos probatorios, recolectados durante la fase inicial de la investigación (investigación preliminar), y que serían suficientes para que el Ministerio Público, institución encargada de la defensa de los intereses generales de la sociedad, pueda asegurar, con bases claras, la participación de un imputado en un hecho delictivo.
Junto a la debilidad institucional de la justicia está la “politización”; ésta es un conjunto de artimañas e influencias negativas que realizan los partidos políticos para reproducirse en el poder, manipulando las organizaciones del Poder Judicial y sometiéndolas a intereses corporativos o partidarios. Por lo tanto, el hacinamiento y las condiciones precarias en las cárceles, son el reflejo de un sistema judicial profundamente destruido por la corrupción y las influencias políticas que distorsionan cualquier posibilidad del ejercicio probo de la justicia. Estas patologías institucionalizadas dificultan la rehabilitación y reinserción de los reclusos, lo que incrementa las tasas de reincidencia y perpetuación del ciclo de la violencia y la criminalidad en la sociedad boliviana.
Conclusiones
En Bolivia, el diseño de una política pública para enfrentar el hacinamiento en las cárceles, debería considerar las siguientes alternativas:
- Reforma del sistema de justicia, especialmente para acelerar los procesos judiciales, con el objetivo de evitar un manejo irresponsable de la detención preventiva; ésta no debe ser una especie de sanción anticipada porque, ante todo, tiene que garantizarse la presunción de inocencia y la realización de un proceso justo.
- Expansión y construcción de nueva infraestructura penitenciaria; en este caso, la implementación del modelo del presidente Nayib Bukele en El Salvador para la construcción de cárceles modernas en América Latina, ofrece una perspectiva crítica sobre el enfoque de “mano dura” en la seguridad pública. A partir de lo que en El Salvador se hizo con reformas carcelarias y mejoramiento de la seguridad, este país pasó de ser uno de los más violentos en el continente, a estar entre los que poseen las tasas de homicidios más bajas. El presidente Bukele ha declarado ante las Naciones Unidas, que El Salvador es un modelo mundial de política pública que podría ayudar a combatir el hacinamiento en las cárceles.
- Aplicación de medidas alternativas a la prisión, mediante la promoción de otras decisiones como la libertad condicional, el arresto domiciliario y los servicios comunitarios, lo cual aliviaría la presión sobre el sistema penitenciario.
- Despenalización de delitos menores; lo cual requiere una revisión de las leyes para descriminalizar o reducir las penas de delitos considerados pequeños, especialmente aquellos relacionados con la posesión, el consumo y tráfico de drogas en pequeñas cantidades; la reducción significativa de la cantidad de personas encarceladas por delitos no violentos, lo que también contribuiría a disminuir el hacinamiento, promoviéndose un enfoque más humano y efectivo en la gestión de la seguridad pública.
- Programas de rehabilitación, implementando proyectos que ofrezcan alternativas a la prisión y enfoques rehabilitadores; de esta forma mejorarían los programas de educación para los reclusos, coadyuvando a reducir la violencia dentro de los recintos penitenciarios.
- Estrategias preventivas para combatir la criminalidad, pues es fundamental afrontar los factores estructurales que conducen a la criminalidad, como la pobreza, el desempleo y la falta de oportunidades educativas, en lugar de depender exclusivamente del encarcelamiento. Bolivia tendría que implementar políticas públicas que ataquen las raíces de la criminalidad, especialmente en los grupos más vulnerables. Esto podría incluir programas de intervención temprana, mejorando la educación y creando empleos de calidad. Al mismo tiempo, es vital la necesidad de garantizar la igualdad de oportunidades en la sociedad boliviana, así como el respeto de los derechos fundamentales.
- Reformar la Constitución Política del Estado, mediante una “reforma parcial”, ya sea por iniciativa popular, con la firma de, al menos, el 20% del electorado, o una reforma planteada por la Asamblea Legislativa Plurinacional, a través de una ley de reforma constitucional aprobada por dos tercios del total de los miembros, que modifique el artículo 18 en su parágrafo II: “La Máxima sanción penal será de treinta años de privación de libertad, sin derecho a indulto”. En este ámbito, probablemente se debería promover el aumento de las penas para delitos catalogados de graves, como genocidio, asesinato, parricidio, feminicidio, infanticidio, homicidio, violación, trata y tráfico de personas, robo agravado, secuestro, contrabando, tenencia de armas no convencionales, insurrección armada, tráfico de armas y delitos financieros como el lavado de dinero del narcotráfico para fines terroristas y enriquecimiento ilícito.
La aplicación de algunas alternativas de solución puede generar un cambio positivo en la reducción del hacinamiento y la mejora del sistema penal en Bolivia. Sin embargo, su éxito depende de la voluntad política, la inversión adecuada de recursos y la aceptación social de un enfoque más preventivo y rehabilitador de la criminalidad. La reforma del sistema judicial podría reducir significativamente la sobrepoblación carcelaria, pero requiere una inversión considerable en recursos financieros, humanos y tecnológicos.
Se calcula, aproximadamente, que la construcción de nuevas cárceles con capacidad similar a las actuales, en Bolivia costaría entre 50 y 100 millones de dólares, dependiendo del tamaño y la tecnología de seguridad. Este cálculo está basado, en comparación con la infraestructura moderna del modelo salvadoreño. Sin embargo, cualquier estimación serviría solamente como un punto de partida muy global porque todo debe ajustarse a la realización de estudios de factibilidad y al análisis específico del contexto boliviano. Mientras tanto, la realidad es un infierno insufrible.
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